Ojo Con El Trato

renacimiento
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Mensaje por renacimiento »

Ante todo me gustaría hacer constar mi pesar y mi malestar tanto por los hechos sucedidos que a continuación les voy a relatar como por verme en la tesitura de enviarles dicha carta para poner en conocimiento dichos hechos.

Mi única intención mediante el presente escrito es que ningún usuario permita dicho trato discriminatorio, inapropiado, fuera de derecho y además punible.

Soy un pirineista y considero al pueblo de Torla provincia de Huesca un sitio magnifico de grandes gentes y el cual desde 2004 habré visitado unas veinte veces como parada obligatoria debido a su ubicación estratégica en mis viajes.

Mi queja o problema comienza cuando en mi ultimo viaje alpino, en el bar restaurante Samper al cual he acudido asiduamente se me niega la entrada alegando únicamente que no pueden entrar personas con mochila. (mi mochila concretamente era de 45 litros de capacidad.)

Revisando la actual ley sobre el derecho de admisión y con el único pretexto de no poder portar mi mochila en el interior de un local en el cual he estado anteriormente y con la mochila mostré mi desacuerdo al no tener ni vehiculo, hotel ni lugar donde dejar mi mochila ( el empleado podría haberme facilitado alguna solución).

Apreciaciones sobre el derecho de admisión:
Definición: Es la facultad que asiste a todos los consumidores y usuarios para ser admitidos, con carácter general y en las mismas condiciones objetivas, en todos los establecimientos públicos que se dediquen a la celebración de Espectáculos Públicos y al desarrollo de actividades recreativas, siempre que el aforo lo permita y no concurra alguna de las causas de exclusión (fiestas privadas o familiares, de carácter político, religioso, sindical, docente, etc.) Éste tipo de celebraciones NO exime al local de reunir las correspondientes medidas de seguridad.
(No entiendo como un bar, restaurante o similar se pueda considerar como espectáculo, recreativo o fiesta privada, etc.)
Condiciones genéricas de admisión: Son las reguladas con carácter general y que rigen para todos los locales de éste tipo. Los responsables del local o evento impedirán el acceso o la permanencia de personas cuando:
• Se haya completado el aforo.
• Se haya superado el horario de cierre.
• No tener edad mínima requerida.
• No se haya abonado la entrada cuando la misma sea obligatoria.
• La persona que quiere acceder o que está en el mismo no reúna las condiciones específicas establecidas por el titular del establecimiento, que deben haber sido aprobadas previamente por la Administración competente.
• Que muestre actitudes violentas, agresivas o provoque altercados.
• Quien porte armas de cualquier clase, excepto miembros de las FCS y Escoltas privados en el ejercicio de sus funciones.
• Que porte ropa o símbolos que inciten a la violencia, el racismo o la xenofobia.
• Que origine situaciones de riesgo, de peligro o molestias a otros asistentes, especialmente personas que evidencien haber consumido drogas y encontrarse embriagados.
(No encuentro por ningún sitio que alguien no pueda entrar en un local de dichas características con una mochila)
Condiciones específicas de admisión: Son las que, con aprobación expresa de la Administración competente, generalmente el Ayuntamiento, se establezcan por su titular o por el organizador, sin distinción entre todos los usuarios. Estas condiciones pueden referirse a:
Quedan prohibidas las siguientes condiciones específicas de admisión:
• Las que supongan discriminación por edad, sexo, nacionalidad o raza, discapacidad psíquica o sensorial o impliquen juicios de valor sobre estética siempre que el cliente cumpla con las condiciones anteriormente citadas de etiqueta de ropa y calzado. • Las que establezcan una edad superior a la permitida.
• Cualquier otra que no haya sido aprobada previamente por la administración competente. Petición y concesión de las condiciones específicas del Derecho de Admisión: Será solicitado por el titular del local o espectáculo al Ayuntamiento o Autoridad encargada de concederlo, presentando las condiciones específicas que quiere establecer. La Autoridad, una vez las apruebe, las sellará para su exposición al público. Dichas condiciones específicas, una vez autorizadas, deberán estar expuestas, junto con la fecha de la resolución y la identificación del órgano autorizante con formato mínimo de 30 x 20 cm, que deberá colocarse en los accesos al local y en las taquillas si las hubiera, resultando claramente visibles y legibles desde el exterior. Si no existe dicha publicidad en la forma mencionada, o simplemente figura un cartel que rece “Reservado el Derecho de Admisión”, se entiende que no existe el mismo, salvo las condiciones generales de admisión que siempre están vigentes.
(En ningún caso aparecía ningún letrero de reserva de derecho de admisión y mucho menos con las normas aprobadas por el organo correspondiente.)
Es por ello que considero un tremendo agravio cuando la persona de dicho establecimiento y bajo el único pretexto de la mochila me negó la entrada.


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Re: Ojo Con El Trato

Mensaje por admin »

Ni entro ni salgo; el actual reglamento sobre el derecho de admisión en la CC.AA. de Aragón: Decreto 23/2010, de 23 de febrero, del Gobierno de Aragón, por el que se aprueba el Reglamento de admisión en espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos.

Artículo 4. Limitaciones de acceso y permanencia en los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos.

Los titulares de los espectáculos públicos, actividades recreativas y establecimientos públicos, así como el personal dependiente de éstos, impedirán el acceso y la permanencia de las personas en los siguientes supuestos:

Cuando el aforo establecido se halle completo, a estos efectos, todos los establecimientos habrán de colocar en la entrada un rótulo indicativo del aforo máximo permitido.

Cuando se cumpla el horario de cierre del local.

Cuando se haya iniciado el espectáculo o la actividad, de acuerdo con sus condiciones específicas.

Cuando la persona que pretenda acceder al espectáculo público, actividad recreativa o establecimiento público se encuentre en alguna de las circunstancias o manifieste alguno de los comportamientos siguientes:

Dificultar el desarrollo del espectáculo o la actividad, o el funcionamiento normal del establecimiento.

Carecer de la edad exigida.

Manifestar actitudes violentas o comportamientos agresivos, provocar altercados y llevar símbolos que inciten a la violencia, el racismo o la xenofobia.

Portar armas y otros objetos susceptibles de ser utilizados como tales, salvo que, de conformidad con lo dispuesto por la normativa específica aplicable, se trate de miembros de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad o de escoltas privados integrados en empresas de seguridad privada inscritas para el ejercicio de dicha actividad, y accedan al establecimiento en el ejercicio de sus funciones.

Poner en peligro o causar molestias a otros espectadores o usuarios.

Consumir drogas o sustancias estupefacientes o mostrar síntomas de haberlas consumido, así como dar signos evidentes de embriaguez.


Solicitaste la hoja de atención o de reclamaciones?.

Bueno ahí queda tu queja.

Comentar que ese bar-restaurante, de dos plantas: abajo bar y comidas y, arriba restaurante, es estrecho y es paso de cocina hacia arriba al restaurante; desconozco si había mucha gente o no, si una sola mochila estorbaba; yo si que he visto en persona esa situación con casi una decena de montañeros con mochilas grandes y les dijo lo mismo y en ese caso, no le faltaba razón ( Dificultar el desarrollo del espectáculo o la actividad, o el funcionamiento normal del establecimiento), pues físicamente casi no se cabe. Pero claro: no es lo mismo una mochila que diez, dada la estrechez de dicho establecimiento.
Sentido común. Con ello no me decanto ni para el propietario del bar ni para ti. Un saludo y siento lo que te ocurrió.

Se pasa el tema a subforo quejas o sugerencia.

Un saludo.
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SAKI
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Re: Ojo Con El Trato

Mensaje por SAKI »

No podría estar más de acuerdo con lo que comenta admin: ante todo, sentido común.

No he leído las parrafadas legales que tanto uno como otro habéis puesto. Yo entiendo de otras cosas. El dueño, en su local, tiene o debería tener potestad para, DENTRO DE LO RAZONABLE, dictar las normas. Para eso es su local y lo ha subido con el sudor de su frente, que seguro que no es poco. Otro punto es que como comentan, el local es estrecho y muchas veces se organizan ahí pequeños líos porque uno entra con un mochilote, hay otro en el suelo, un carrito de críos, unas bolsas, espera que paso con las bebidas, etc. Ante eso habrán optado por no dejar entrar mochilas. Medida algo drástica, pero claro... sino qué? Lo que yo haría, es, en caso de los dueños, explicar, aunque cueste por lo pesado, esta problemática a los usuarios del bar, o poner un cartel, ambas cosas exhibiendo siempre una exquisita educación, que a a menudo es lo que falta en el personal que trabaja de cara al público, y más en fechas veraniegas donde todo se masifica y hay mucho trabajo y la gente va cansada.

No es lo mismo que te digan

- Disculpe, hemos tenido que adoptar la medida de no dejar entrar mochilas debido a que nos hemos encontrado muchos días que blablabla, por favor.

a que te digan

- No se pueden entrar mochilas.

Yo creo que todos somos razonables si se nos dicen bien las cosas. Y si la persona argumenta que no puede dejar la mochila en otro sitio, joder, es de buen cristiano sugerirle que bueno, que la puede dejar por esta vez en ese rincón, o intentar buscarle un hueco por algún sitio. Lo más probable es que a renacimiento se lo dijeran rápido y mal, sin explicaciones, y que no supieran ofrecerle al menos alguna opción, de manera que no es de extrañar su queja.

Lo que decimos, sentido común.
Última edición por SAKI el 07.09.2012 - 10:57, editado 2 veces en total.
renacimiento
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Re: Ojo Con El Trato

Mensaje por renacimiento »

La parte legal ya la habia puesto yo adelantandome a sus "no posicionamientos"

Se le olvida a usted incluir en su respuesta la parte de que deben de estar esas normativas, aprobadas y visibles con una determinada ubicacion.

Si hay una o veinte mochilas no es discreccional como claramente pone la ley que usted cita.

Yo he estado en ese local con la mochila bajo mis pies y no creo que entorpezca en absoluto a nadie.

Lo curioso del tema es que en una ocasion anterior que entre con la mochila ciertamente al comprar un decimo de loteria de navidad me exigio 21 euros................ de esos 21 euros me dijo que si lo queria bien y que era porque a los honrados que pagamos nos cobra mas para compensar de la gente que se va de su local sin pagar.
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Re: Ojo Con El Trato

Mensaje por admin »

Respetable opinión pero no compartida. Le reitero que no me decanto por ningún lado, solo el empleo del sentido común.

Es esta Comunidad Autónoma no es obligatorio, salvo error por mi parte, la exposción al público del reglamento de admisión que arriba cito, solamente si quieres acogerte a ello, sí tener un cartel visible. Esa normativa no la aprueba, como ud. dice, el propietario del establecimiento, es normativa la aprueba el Gobierno de Aragón.
Por el contrario si que tiene obligación los propietarios, en este caso de un establecimiento público, de tener visibles: lista de precios actualizados año, firmada y sellada por la DGA, cartel de prohibido la venta de alcohol y tabaco a menores de 18 años, prohibido fumar dentro del establecimiento, de cabeza me viene estas, pero quizás haya mas.

Sobre si una o veinte mochilas, reitero lo del sentido común, obviamente no estorba 1 mochila lo mismo que 20, máxime en este establecimiento de reducidas dimensiones.

Y por último si realmente le contestó de esas formas al asunto de la lotería pues muy mal contestado sin venir a cuenta de nada, claro.

Por cierto el número de lotería sabe cual es?

Un saludo.
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Re: Ojo Con El Trato

Mensaje por renacimiento »

Claramente se le nota parte implicada pero no ha debido usted de leer mi primer post en el que pone claramente que las reglamentaciones de admision deben de ser aprobadas por el organo competente "en ningun caso he dicho que lo haga el dueño del local"

Ya que usted no es experto en leyes le explicare que una normativa local jamas puede ir en contra de la ley general , organica etc.

Eso quiere decir que ha de cumplirse la normativa y publicitarse en un lugar claro.

Es arbitrario no dejar entrar a gente dependiendo del numero de mochilas.

La ley es clara y simple.

El sentido comun es arbitrario señor admin.
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Re: Ojo Con El Trato

Mensaje por admin »

Pues mire ud. que complicidad tengo con el dueño de ese bar, que es el único establecimiento de la localidad de Torla que no piso desde hace cerca de una año, y yo piso muchos establemientos en esa localidad.

Y de leyes no entiendo mucho, pero le aseguro que algo entiendo, y sé lo que son los rangos legislativos.

Si nuestros gobernantes usarán mas el sentido común y plasmarlo en la legislación, mejor iria este país.

Un saludo.
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Re: Ojo Con El Trato

Mensaje por anaarias »

Según veo por tu malestar, yo me hubiese acercado a la Guardia Civil y les hubiese puesto una denuncia. Punto y pelota (por cierto esta es una epresión q odio pero viene q ni al pelo).
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Re: Ojo Con El Trato

Mensaje por SAKI »

Tachar a alguien como "parte implicada" sin tener ninguna prueba de ello, simplemente porque, presumo, no ha dicho lo que querías oír, lo veo excesivo, renacimiento, y más siendo tu tercer mensaje en este foro. Tranquilo y por favor rebaja un poco el tono, no la tomes con quien no debes, esto es un foro de opinión, simplemente.
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Re: Ojo Con El Trato

Mensaje por renacimiento »

[quote user="admin" post="50138"]Pues mire ud. que complicidad tengo con el dueño de ese bar, que es el único establecimiento de la localidad de Torla que no piso desde hace cerca de una año, y yo piso muchos establemientos en esa localidad.

Y de leyes no entiendo mucho, pero le aseguro que algo entiendo, y sé lo que son los rangos legislativos.

Si nuestros gobernantes usarán mas el sentido común y plasmarlo en la legislación, mejor iria este país.

Un saludo.[/quote]

Parece ser que entonces no debio leer usted correctamente mi primer post, no pasa nada veo que ha entendido correctamente lo que quise decir.

Como decano legislativo ya le digo que no hay por donde coger ciertas aptitudes.

Pido disculpas ante todo a usted y cualquier lector que haya podido interpretar nada feo de ese precioso pueblo y magnifica gente que me trata habitualmente bien pero hay cosas que no se pueden permitir.

Mil disculpas y gracias por el debate enriquecedor
Cerrado

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